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Ley
LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
69

Artículo 69 de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Turismo de la Ciudad de México va a dar un premio llamado "Premio Turístico de la Ciudad de México" para reconocer y felicitar públicamente a quienes trabajan en turismo, como hoteles, agencias de viaje o guías. Te lo pueden dar si te destacas en cosas como: mejorar la actividad turística, dar un servicio de calidad a los visitantes, cuidar el patrimonio cultural y artístico de la ciudad, promover a la CDMX como destino, proteger el medioambiente o usar tecnología nueva para ofrecer mejores servicios.

Texto oficial

Artículo 69. La Secretaría, con la finalidad de reconocer, distinguir e incentivar públicamente a los prestadores de servicios turísticos, otorgará el Premio Turístico de la Ciudad de México a quienes se hayan destacado en cualquiera de los siguientes casos: Párrafo reformado G.O. CDMX 04/04/2024 a) El desarrollo de la actividad turística; b) La calidad de los servicios turísticos prestados a los turistas; c) La contribución al fomento, cuidado y protección del patrimonio cultural, artístico y turístico; d) La promoción de la Ciudad de México como destino turístico; e) La protección del medioambiente; y Inciso adicionado G.O. CDMX 04/04/2024 f) La innovación tecnológica en la prestación de los servicios turísticos.

Ver texto oficial de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 35) ↗

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