Artículo 19 de la LEY DE LA PROCURADURÍA SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo de Gobierno es como un grupo de supervisión que se encarga de varias cosas importantes. Ellos tienen que dar su aprobación al reglamento interno y al presupuesto anual de la Procuraduría. También pueden nombrar o quitar a los Subprocuradores, pero solo si el Procurador lo propone. Además, deben asegurarse de que la Procuraduría actúe según las reglas de la ley, y dar su opinión sobre los informes que presente el Procurador.
Texto oficial
Artículo 19.- El Consejo de Gobierno tendrá las siguientes funciones: I. Dar el visto bueno al proyecto de Reglamento de la Procuraduría; II. Dar el visto bueno al proyecto del Presupuesto Anual de Egresos y los programas correspondientes; III. Nombrar y destituir, a propuesta del Procurador, a los Subprocuradores; IV. Velar que la actuación de esta Procuraduría se rija por los principios señalados por esta Ley; V. Opinar sobre el Informe del Procurador respecto al ejercicio administrativo y presupuestal; VI. Opinar sobre el proyecto de Informe Anual que el Procurador enviará al Jefe de Gobierno y al Congreso de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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