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Artículo 37 de la LEY DE LA PROCURADURÍA SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una empresa o persona tiene un permiso o concesión del gobierno (como para manejar un taxi o un puesto en el mercado) y comete una falta, el Procurador (el que investiga) no le aplica la multa directamente. Lo que hace es pedirle a la dependencia que le dio ese permiso (como la Secretaría de Movilidad) que le ponga el castigo según las reglas que le corresponden.

Texto oficial

Artículo 37.- En el caso de concesionarios o permisionarios, el Procurador solicitará la intervención del Órgano de la Administración Pública que otorgó el permiso o concesión, para la aplicación de las sanciones conforme al marco jurídico que les regula. CAPÍTULO II DE LA QUEJA EN MATERIA ADMINISTRATIVA SECCION PRIMERA De la Presentación y Admisión

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

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