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Artículo 94 de la LEY DE LA PROCURADURÍA SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cuando te quieran aplicar una multa o sanción, el proceso para hacerlo tiene que seguir las reglas que marca la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México. Si esa ley no cubre algo, entonces se usará lo que diga el Código de Procedimientos Civiles de la Ciudad. En pocas palabras, no te pueden castigar sin antes seguir un procedimiento ya establecido por estas leyes.

Texto oficial

Artículo 94.- El procedimiento de aplicación de sanciones a que se refieren los dos artículos anteriores, se substanciará de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México y en su caso Código de Procedimientos Civiles vigente en la Ciudad de México. CAPÍTULO III DE LA INCOMFORMIDAD

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

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