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Ley
REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
22

Artículo 22 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Reclutamiento es el proceso en el que una institución recibe tus papeles y revisa que cumplas con todo lo que pide la convocatoria. Termina cuando te dan un registro de inscripción si entregaste todo a tiempo y correctamente. El Instituto checará que los documentos que dist sean verdaderos desde que los recibió.

Texto oficial

Artículo 22. El Reclutamiento es la actividad institucional, consistente en la recepción de documentos y verificación del cumplimiento de los requisitos señalados en la convocatoria correspondiente. El Reclutamiento concluye con la emisión de un registro de inscripción para aquellos aspirantes que cumplan en tiempo y forma con la documentación e información solicitada. A partir de la recepción de documentos presentados por los aspirantes, el Instituto verificará y comprobará la autenticidad de los mismos.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 8) ↗

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