Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 31 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El curso de entrada para nuevos trabajadores se debe hacer en los tiempos que diga la convocatoria, siguiendo las reglas del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Los candidatos que pasen la selección tienen que cumplir con todo el programa de estudios en los plazos marcados. Si no lo aprueban a tiempo, no podrán entrar a trabajar en la Fiscalía General. Esto aplica para todas las personas que quieran un puesto ahí.

Texto oficial

Artículo 31. El curso de formación inicial se llevará a cabo en los plazos que la convocatoria establezca y de conformidad con las disposiciones del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Los aspirantes seleccionados deberán aprobar el programa académico correspondiente en el tiempo y plazos establecidos para estar en posibilidades de ser incorporados a la Fiscalía General.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.