Artículo 6 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 6 explica para qué sirve el Servicio Profesional de Carrera, que es como una carrera dentro del trabajo en la Fiscalía. Su primer objetivo es que los trabajadores se sientan motivados y comprometidos, dándoles oportunidades de ascenso y reconocimiento para que crezcan profesionalmente. También busca capacitarlos constantemente para que sean honestos, confiables y leales a la institución. Otro fin es darles estabilidad laboral con sueldos y prestaciones justas y parejas para todos. Además, quiere que hagan su trabajo con responsabilidad, cercanía con la gente y usando bien los recursos de la Fiscalía.
Texto oficial
Artículo 6. Los fines del Servicio Profesional de Carrera son: I. Fomentar la vocación de servicio y el sentido de pertenencia mediante la motivación y el establecimiento de un adecuado sistema de promociones que permita satisfacer las expectativas de desarrollo profesional y reconocimiento del personal sustantivo; II. Instrumentar e impulsar la capacitación y profesionalización permanente del personal sustantivo para asegurar confianza, honradez y lealtad institucional en la prestación del servicio; III. Garantizar el desarrollo institucional, mediante la consolidación de un Servicio Profesional de Carrera que asegure la estabilidad en el servicio público del personal sustantivo, con base en un esquema proporcional y equitativo de remuneraciones y prestaciones; IV. Promover la proximidad social, responsabilidad, honradez, diligencia, eficiencia y eficacia en el desempeño de las funciones y en la óptima utilización de los recursos de la Fiscalía General; y V. Los demás que establezcan las disposiciones legales aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.