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Ley
REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
6

Artículo 6 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 6 explica para qué sirve el Servicio Profesional de Carrera, que es como una carrera dentro del trabajo en la Fiscalía. Su primer objetivo es que los trabajadores se sientan motivados y comprometidos, dándoles oportunidades de ascenso y reconocimiento para que crezcan profesionalmente. También busca capacitarlos constantemente para que sean honestos, confiables y leales a la institución. Otro fin es darles estabilidad laboral con sueldos y prestaciones justas y parejas para todos. Además, quiere que hagan su trabajo con responsabilidad, cercanía con la gente y usando bien los recursos de la Fiscalía.

Texto oficial

Artículo 6. Los fines del Servicio Profesional de Carrera son: I. Fomentar la vocación de servicio y el sentido de pertenencia mediante la motivación y el establecimiento de un adecuado sistema de promociones que permita satisfacer las expectativas de desarrollo profesional y reconocimiento del personal sustantivo; II. Instrumentar e impulsar la capacitación y profesionalización permanente del personal sustantivo para asegurar confianza, honradez y lealtad institucional en la prestación del servicio; III. Garantizar el desarrollo institucional, mediante la consolidación de un Servicio Profesional de Carrera que asegure la estabilidad en el servicio público del personal sustantivo, con base en un esquema proporcional y equitativo de remuneraciones y prestaciones; IV. Promover la proximidad social, responsabilidad, honradez, diligencia, eficiencia y eficacia en el desempeño de las funciones y en la óptima utilización de los recursos de la Fiscalía General; y V. Los demás que establezcan las disposiciones legales aplicables.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 2) ↗

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