Artículo 95 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica cómo se forma el Consejo de Profesionalización, que es un grupo de personas encargadas de la capacitación y desarrollo de los trabajadores de la Fiscalía General. El consejo está compuesto por un presidente (que es el Fiscal General), un secretario técnico (que es el jefe del Instituto), varios vocales (que son los jefes de áreas importantes como investigación, policía o administración), asesores permanentes (como los de recursos humanos y derechos humanos), e invitados especiales. Solo los vocales y el presidente pueden votar y proponer temas; los demás solo pueden dar su opinión, pero no votar.
Texto oficial
Artículo 95. El Consejo de Profesionalización se integra por una Presidencia, una Secretaría Técnica, Vocales, Asesores permanentes e Invitados, conforme a lo siguiente: I. La persona Titular de la Fiscalía General, quien fungirá como Titular de la Presidencia; II. La persona Titular del Instituto, quien fungirá como Titular de la Secretaría Técnica, tendrá la representación del Consejo de Profesionalización en los procedimientos administrativos o jurisdiccionales de los que forme parte; III. Las personas Titulares de las Unidades Administrativas que se señalan, en calidad de Vocales: 1. Coordinación General de Investigación Territorial; 2. Coordinación General de Investigación Estratégica; 3. Coordinación General de Investigación de Delitos de Género y Atención a Víctimas; 4. Coordinación General de Investigación de Delitos de Alto Impacto; 5. Coordinación General de Acusación, Procedimiento y Enjuiciamiento; 6. Coordinación General de Investigación Forense y Servicios Periciales; 7. Jefatura General de la Policía de Investigación; 8. Se deroga. 9. Coordinación General de Administración; 10. Órgano de Política Criminal; 11. Unidad de Implementación; 12. Unidad de Asuntos Internos; 13. Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción. 14. Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales; 15. Coordinación General de Atención a Víctimas. IV. Las personas Titulares de las Unidades Administrativas que se señalan, en su calidad de asesores permanentes: 1. Dirección General de Recursos Humanos; y 2. Coordinación General Jurídica y de Derechos Humanos. V. Invitados. Las personas Titulares de las Unidades Administrativas objeto de la sesión de que se trate. Cuando así lo determine la persona Titular de la Presidencia del Consejo de Profesionalización, se podrá invitar a los Titulares de otras Unidades Administrativas de la Fiscalía General y a personalidades de reconocida trayectoria y experiencia en la materia de que trate la sesión correspondiente. Las personas servidoras públicas referidas en las fracciones I y III tienen derecho a voz y voto; y someter asuntos o temas a la consideración del Consejo de Profesionalización, a través de la Secretaría Técnica. La persona Secretaria Técnica, las personas que participen en calidad de asesoras permanentes y de invitadas, únicamente cuentan con derecho a voz.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.