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Ley
LEY DE ALBERGUES PRIVADOS PARA PERSONAS MAYORES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
46

Artículo 46 de la LEY DE ALBERGUES PRIVADOS PARA PERSONAS MAYORES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes derecho a que te traten con dignidad y respeto en tu hogar o en donde vivas, sin importar nada. Esto significa que nadie te puede faltar al respeto ni hacerte sentir menos, para que puedas convivir bien con los demás y recibir los servicios que necesitas. Básicamente, la ley te protege para que te traten como persona, no como un número o un problema.

Texto oficial

Artículo 46.- El Residente tiene derecho a recibir un trato digno y respetuoso, que facilite la convivencia y la prestación de los servicios.

Ver texto oficial de la LEY DE ALBERGUES PRIVADOS PARA PERSONAS MAYORES DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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