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Artículo 5 de la LEY DE ALBERGUES PRIVADOS PARA PERSONAS MAYORES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe de Gobierno de la Ciudad de México es el encargado de verificar que los albergues privados para personas mayores cumplan con la ley. Esto significa revisar que tengan instalaciones, muebles y equipos adecuados, además de personal bien capacitado. También debe asegurarse de que quienes manejan estos albergues informen claramente qué servicios ofrecen y cómo son. Por último, tiene otras obligaciones que le marquen otras leyes.

Texto oficial

Artículo 5°.- Corresponde a la persona titular de la Jefatura de Gobierno; Párrafo reformado G.O.CDMX 04/03/24 I. Vigilar el cumplimiento de esta Ley a efecto de que los albergues privados cuenten con la infraestructura, mobiliario y equipo adecuado, así como con los recursos humanos debidamente capacitados; II. Vigilar que las personas administradoras de albergues proporcionen información sobre la cobertura y características de los servicios que prestan para las personas mayores; y Fracción reformada G.O.CDMX 04/03/24 III. Los demás que le confieren otros ordenamientos jurídicos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

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