Artículo 43 del REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando haya una emergencia muy grave y necesites proteger tu salud, tu integridad o tus bienes, o la seguridad de todos, la autoridad encargada puede tomar medidas de inmediato, sin esperar. Estas medidas son acciones temporales para evitar un daño mayor, como retirar a alguien de un lugar peligroso o cerrar un negocio que pone en riesgo a la gente. No importa la hora o el día, la autoridad puede ordenarlas en cualquier momento. Solo aplica en casos de verdadera urgencia, no por cualquier situación.
Texto oficial
Artículo 43. En aquellos casos de extrema urgencia y para proteger la salud, la integridad y bienes de las personas y la seguridad pública, la autoridad competente podrá, en cualquier momento, ordenar la ejecución de las medidas cautelares y de seguridad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.