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Ley
REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo
54

Artículo 54 del REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te multan o te sancionan por algún problema que encontraron en una visita de inspección, eso no te quita la obligación de arreglar lo que hiciste mal. Tienes que resolver las fallas o corregir los errores administrativos que te señalaron, aunque ya hayas pagado la multa. No basta con cumplir el castigo; también debes poner en orden todo lo que estaba mal.

Texto oficial

Artículo 54. La imposición y cumplimiento de las sanciones no eximirá al infractor de la obligación de corregir las omisiones o irregularidades administrativas detectadas en las visitas.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL (pág. 20) ↗

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