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Artículo 54 del REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te multan o te sancionan por algún problema que encontraron en una visita de inspección, eso no te quita la obligación de arreglar lo que hiciste mal. Tienes que resolver las fallas o corregir los errores administrativos que te señalaron, aunque ya hayas pagado la multa. No basta con cumplir el castigo; también debes poner en orden todo lo que estaba mal.

Texto oficial

Artículo 54. La imposición y cumplimiento de las sanciones no eximirá al infractor de la obligación de corregir las omisiones o irregularidades administrativas detectadas en las visitas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.