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Ley
REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo
55

Artículo 55 del REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te multan con dinero, la autoridad te dará 3 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni días festivos) para que vayas a sus oficinas desde que recibas la notificación. Ahí te harán un recibo de pago para que liquides la multa en la Tesorería de la Ciudad de México. Es importante que cumplas dentro de ese plazo, contado a partir del día siguiente de que te avisen.

Texto oficial

Artículo 55. Cuando se trate de la imposición de sanciones económicas, la autoridad competente, otorgará al visitado, un término de tres días hábiles contados a partir de aquel en que se notifique la resolución correspondiente, a efecto de que acuda a sus oficinas y le sea elaborado el recibo de pago respectivo para efectuar el mismo en la Tesorería del Distrito Federal.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL (pág. 20) ↗

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