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Ley
REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo
56

Artículo 56 del REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no pagas la multa que te pusieron, el gobierno le va a pedir al Tesorero de la Ciudad de México que inicie un cobro forzoso. Esto significa que pueden embargarte bienes o descontarte el dinero de tu cuenta para cobrarse lo que debes, siguiendo las reglas del Código Fiscal local. En pocas palabras, si no pagas a tiempo, te van a cobrar a la fuerza.

Texto oficial

Artículo 56. En caso de que el visitado omita el pago de la sanción económica impuesta, la autoridad competente solicitará al Tesorero del Distrito Federal, inicie el procedimiento económico coactivo de conformidad con lo dispuesto en el Código Fiscal para el Distrito Federal. CAPITULO IX LEVANTAMIENTO DEL ESTADO DE CLAUSURA Y RETIRO DE LOS SELLOS

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL (pág. 20) ↗

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