Artículo 63 del REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 63 dice que los trabajadores especializados en hacer verificaciones se van a asignar y mover entre las distintas Delegaciones según lo que cada una necesite. O sea, si una Delegación tiene más trabajo o condiciones especiales, ahí mandan a más gente o cambian al personal. Además, la Delegación tiene la obligación de darle todas las herramientas y apoyo que requiera el servidor público que el Instituto mande para hacer su chamba, para que pueda trabajar sin problemas.
Texto oficial
Artículo 63. La asignación y rotación del personal especializado en funciones de verificación se realizará atendiendo a las necesidades de cada Delegación, tomando en cuenta las condiciones de cada una. La Delegación brindará todas las facilidades necesarias al Servidor Público Responsable asignado por el Instituto, para el correcto desarrollo de sus funciones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.