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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_14089/71
Ley
REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo
71

Artículo 71 del REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si ves que alguien (una persona, un grupo, una organización o una empresa) está haciendo algo que va en contra de la ley, puedes ir a la autoridad correspondiente y presentar una queja. No importa si eres directamente afectado o no, cualquier persona puede reportar el hecho. La queja puede ser por cualquier cosa que viole las reglas legales, como una acción indebida o algo que no se hizo cuando debía hacerse.

Texto oficial

Artículo 71. Toda persona, grupo social, organización no gubernamental, asociación o sociedad podrá presentar queja ante la autoridad competente cualquier hecho, acto u omisión, que contravenga lo dispuesto por los ordenamientos jurídicos aplicables.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL (pág. 23) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.