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Artículo 75 del REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tu queja está mal redactada, no se entiende bien o no cumple con los requisitos que pide el reglamento, la autoridad te va a avisar una sola vez para que la corrijas. Tendrás 5 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) para arreglarla, empezando desde que recibas el aviso. Mientras tanto, el tiempo para aceptar tu queja se detiene. Si no la corriges en ese plazo, se considera que nunca la presentaste.

Texto oficial

Artículo 75. Cuando el contenido de la queja sea obscuro, no pudiendo deducirse los elementos que permitan la intervención de la autoridad competente o cuando no cumpla con los requisitos establecidos en este Reglamento, se procederá a prevenir por una sola vez al quejoso para que subsane el contenido de la misma en un plazo de cinco días hábiles contados a partir de la notificación de la prevención, en el cual no correrá el plazo para la admisión correspondiente. De no hacerlo, se tendrá como no presentada la denuncia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.