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Ley
REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo
86

Artículo 86 del REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los empleados del Instituto que tengan permiso pueden ir a las Delegaciones para revisar al Personal Especializado. De esa revisión tienen que hacer un documento escrito donde expliquen todo lo que pasó, como las órdenes de visita o las decisiones que se tomaron durante el proceso de verificación.

Texto oficial

Artículo 86.- El personal del Instituto facultado para ello, podrá constituirse en las Delegaciones para llevar a cabo la inspección del Personal Especializado, de lo cual se levantará un acta circunstanciada que haga constar la ejecución de las órdenes de visitas de verificación, resoluciones y demás diligencias encomendadas en el procedimiento de verificación.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL (pág. 28) ↗

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