Artículo 86 del REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los empleados del Instituto que tengan permiso pueden ir a las Delegaciones para revisar al Personal Especializado. De esa revisión tienen que hacer un documento escrito donde expliquen todo lo que pasó, como las órdenes de visita o las decisiones que se tomaron durante el proceso de verificación.
Texto oficial
Artículo 86.- El personal del Instituto facultado para ello, podrá constituirse en las Delegaciones para llevar a cabo la inspección del Personal Especializado, de lo cual se levantará un acta circunstanciada que haga constar la ejecución de las órdenes de visitas de verificación, resoluciones y demás diligencias encomendadas en el procedimiento de verificación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.