- Ley
- REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
- Artículo
- 87
Artículo 87 del REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas que trabajan en las Delegaciones deben dejar entrar sin problema a los inspectores del Instituto y darles toda la información que pidan cuando vayan a hacer una revisión. También tienen que ayudarles a hacer su trabajo sin ponerles trabas. En pocas palabras, no pueden negarles la entrada ni esconder documentos.
Texto oficial
Artículo 87.- El personal de las Delegaciones estará obligado a permitir el acceso y dar facilidades e informes al personal del Instituto en el desarrollo de la visita de inspección.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.