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Artículo 30 de la LEY DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La persona que esté al frente de la Dirección General puede ser puesta en el cargo o quitada de él cuando el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México así lo decida, sin necesidad de dar explicaciones. Es decir, el Jefe de Gobierno tiene la libertad de nombrar a quien quiera y también de correrlo si ya no le parece, todo a su criterio. Esto aplica solo al jefe o jefa de esa oficina, no a cualquier trabajador.

Texto oficial

Artículo 30.- La persona titular de la Dirección General será designada y removida libremente por la persona titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México. Artículo reformado G.O. CDMX 24/12/25

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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