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Ley
REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICÍA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
60

Artículo 60 del REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICÍA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La invitación para una sesión de justicia restaurativa debe incluir lo siguiente: el nombre del policía que pudo haber cometido una falta o de la persona que se queja, y si aplica, su dirección, teléfono o correo. También tiene que incluir una explicación corta de qué tratan los mecanismos de justicia restaurativa (que son formas de resolver conflictos con diálogo y acuerdos). Además, debe decir el día y lugar de la sesión, el nombre y firma de la persona que va a guiar la plática (el facilitador), y el lugar y fecha en que se hizo la invitación.

Texto oficial

Artículo 60.- La invitación deberá contener al menos lo siguiente: I. Nombre del personal policial probable infractor o de la persona quejosa, según corresponda, y, en su caso, domicilio, número telefónico o correo electrónico; II. Breve explicación de la naturaleza de los mecanismos de justicia restaurativa; III. Día y lugar de celebración de la sesión; IV. Nombre y firma de la persona facilitadora, y V. Lugar y fecha de expedición.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICÍA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 25) ↗

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