Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_14270/75
Ley
REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICÍA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
75

Artículo 75 del REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICÍA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La mediación es un método para resolver problemas entre un policía que cometió una falta y la persona que se quejó de él. Es voluntario, o sea, nadie te obliga a participar. En la mediación, ambos platican con la ayuda de un facilitador (una persona neutral) para encontrar juntos una solución al conflicto. El facilitador solo ayuda a que se comuniquen bien y se entiendan, pero no les impone nada; ellos mismos deciden cómo arreglar el asunto.

Texto oficial

Artículo 75.- La mediación es el mecanismo de justicia restaurativa voluntario mediante el cual el personal policial probable infractor junto con la persona quejosa, construyen y proponen opciones de solución a la controversia. La persona facilitadora, durante la mediación propicia la comunicación y el entendimiento mutuo entre el personal policial probable infractor y la persona quejosa para que logren alcanzar una solución a su conflicto por sí mismos.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICÍA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 28) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.