Artículo 82 del REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICÍA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 82 dice que, para que funcione la justicia restaurativa (arreglar el daño sin castigo severo), se pueden hacer tres tipos de juntas. La primera es una reunión entre la persona que se queja (la víctima) y el policía que causó el problema. La segunda es una junta restaurativa, donde varias personas platican para llegar a un acuerdo. Y la tercera son los círculos, que son como pláticas en grupo para resolver el conflicto entre todos.
Texto oficial
Artículo 82.- Para alcanzar un resultado restaurativo, se pueden utilizar los siguientes modelos de reunión: I. Reunión de la persona quejosa con el personal policial probable infractor; II. Junta restaurativa, y III. Círculos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.