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Artículo 15 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA POLICIAL DE LA POLICÍA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 15 dice que la convocatoria para entrar a trabajar como policía de carrera en la Ciudad de México se va a publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad, en las páginas de internet oficiales de la Secretaría, y en otros medios que decida la Comisión del Servicio Profesional de Carrera Policial. También, cualquier convocatoria para ingresar debe ser revisada y aprobada primero por esa misma Comisión. En pocas palabras, las reglas para entrar a la policía se hacen públicas en varios lugares oficiales, pero solo pueden publicarse después de que la Comisión dé el visto bueno.

Texto oficial

Artículo 15.- La Convocatoria para el ingreso al Servicio Profesional de Carrera Policial se publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, así como en los medios de comunicación electrónicos oficiales de la Secretaría y en los demás que la Comisión del Servicio Profesional de Carrera Policial determine. Toda Convocatoria de ingreso será sometida a consideración y aprobada por la Comisión del Servicio Profesional de Carrera Policial.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.