Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 40 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA POLICIAL DE LA POLICÍA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La evaluación de competencias básicas es simplemente un examen que mide si los policías tienen los conocimientos, las habilidades y la actitud necesarios para hacer bien su chamba, según el puesto que ocupan y lo que marca el Programa Rector de Profesionalización. Esto significa que se revisa qué tanto saben, cómo aplican lo que aprendieron y cómo se comportan en el trabajo. La capacitación y la evaluación las va a hacer la Universidad o los Centros de Reclutamiento, dependiendo de a quién le toque.

Texto oficial

Artículo 40.- La evaluación de competencias básicas consiste en la recolección, procesamiento y valoración del grado en que el personal policial posee el conjunto de saberes conceptuales, procedimentales y actitudinales que lo habilitan para desempeñar de manera eficiente la función policial, de acuerdo al perfil de puesto y a los criterios establecidos en el Programa Rector de Profesionalización. La capacitación y evaluación estará a cargo de la Universidad, o de los Centros de Reclutamiento según corresponda.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.