Artículo 82 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA POLICIAL DE LA POLICÍA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla sobre cómo se reúne la Comisión del Servicio Profesional de Carrera Policial, que es el grupo encargado de manejar la carrera de los policías. Las juntas pueden ser normales (una vez al mes según un calendario) o especiales (cuando el presidente lo pida), y pueden hacerse en persona o por internet. El jefe de la comisión da la orden para convocar las reuniones, pero el secretario técnico es quien avisa a todos. Para que la junta sea válida, tiene que estar presente más de la mitad de los miembros que pueden votar. Si es necesario, la reunión se puede pausar y continuar después, en la fecha y hora que ellos decidan.
Texto oficial
Artículo 82.- La Comisión del Servicio Profesional de Carrera Policial sesionará de manera ordinaria o extraordinaria, de forma presencial o por medios digitales. Las sesiones serán convocadas por instrucciones de la persona Titular de la Presidencia, a través de la persona Titular de la Secretaría Técnica. Las sesiones ordinarias se celebrarán una vez al mes, de conformidad con el calendario anual de sesiones que apruebe la Comisión del Servicio Profesional de Carrera Policial. Las sesiones extraordinarias se llevarán a cabo cuando la persona Titular de la Presidencia lo considere necesario, y serán convocadas por conducto de la persona Titular de la Secretaría Técnica. Las sesiones de la Comisión del Servicio Profesional de Carrera Policial serán válidas con la asistencia de la mayoría simple de sus integrantes con derecho a voz y voto. Las sesiones podrán suspenderse y reanudarse en la fecha y hora que la propia Comisión del Servicio Profesional de Carrera Policial así lo determine.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.