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Artículo 92 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA POLICIAL DE LA POLICÍA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no hay una convocatoria abierta para nuevas plazas y hay dinero en el presupuesto, los jefes pueden pedir que un policía de la Bancaría o Auxiliar sea cambiado a otra área. Para eso, el policía tiene que cumplir con los mismos requisitos que se piden en el artículo anterior del reglamento. Es como un cambio de puesto por solicitud del jefe, sin necesidad de un concurso.

Texto oficial

Artículo 92.- En caso de no haber una Convocatoria vigente y si existe disponibilidad presupuestal, el personal policial adscrito a la Policía Bancaria e Industrial y a la Policía Auxiliar de la Ciudad de México, podrá ser transferido a petición del titular de la Subsecretaría u Homólogo que lo requiera, así como, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo anterior del presente Reglamento. SECCIÓN II DE LAS HABILITACIONES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.