Artículo 60 del REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL PERSONAL SUSTANTIVO DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un trabajador está siendo investigado, desde el momento en que la autoridad haga algo que le afecte (como un cateo o una citación), tiene derecho a leer todo el expediente del caso y a presentar pruebas que le sirvan para defenderse. Además, si el trabajador tiene título de licenciado en Derecho y cédula profesional, puede defenderse por sí mismo, pero también puede contratar a un abogado que cumpla con esos requisitos.
Texto oficial
Artículo 60. El personal sustantivo investigado tendrá derecho a imponerse en los autos del expediente de investigación y a ofrecer los datos de prueba que estime pertinentes a partir de que sea objeto de cualquier acto de molestia en el marco de la investigación. El personal sustantivo tendrá derecho a ejercer su propia defensa en caso de contar con título de licenciado en Derecho y cédula profesional, sin perjuicio de que pueda designar un representante legal que cumpla con dichos requisitos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.