Artículo 72 del REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL PERSONAL SUSTANTIVO DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo explica cómo funciona una reunión para tomar decisiones importantes. Cuando ya hay suficientes personas (quórum), alguien explica los temas a tratar y presenta un proyecto de resolución para cada uno. Los miembros del Consejo pueden hablar y, si tienen derecho, votar en voz alta dando sus razones. Al final, se cuentan los votos y se anotan los acuerdos. Las decisiones finales se toman por mayoría simple (más votos a favor que en contra), y si hay empate, quien preside tiene el voto decisivo para romperlo.
Texto oficial
Artículo 72. Declarada la existencia del quórum necesario para celebrar la sesión, la Secretaría Ejecutiva realizará un breve recuento de los asuntos que integran el orden del día y expondrá el proyecto de resolución de cada asunto a los integrantes de la autoridad resolutora. Las personas que integren el Consejo correspondiente podrán hacer uso de la voz y, cuando cuenten con dicha facultad, ejercerán su voto en voz alta pudiendo exponer las razones y fundamentos de su decisión. Al finalizar las intervenciones y la votación, la Secretaría Ejecutiva procederá a realizar el cómputo de las votaciones y asentará las decisiones, observaciones y acuerdos alcanzados por las personas integrantes de los Consejos correspondientes. Las resoluciones definitivas del procedimiento disciplinario serán dictadas por mayoría simple de los integrantes con voz y voto que se encuentren presentes en la misma. En caso de empate, las personas que presidan a la autoridad resolutora tendrán voto de calidad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.