Artículo 75 del REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL PERSONAL SUSTANTIVO DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada vez que se haga una junta, se tiene que hacer un documento llamado "acta" donde se anote todo lo que pasó. Ese documento lo deben firmar todos los que estuvieron presentes. En el acta debe ir por lo menos: dónde y cuándo fue la junta, quiénes asistieron, qué temas se trataron, qué decisiones se tomaron, quién se encargará de cumplirlas, otros asuntos que se hayan platicado y a qué hora terminó la sesión.
Texto oficial
Artículo 75. Por cada sesión celebrada se levantará un acta que será firmada por todos los integrantes presentes que contendrá al menos el lugar, fecha y hora de inicio; lista de asistencia; asuntos sometidos al análisis y discusión; resoluciones dictadas; acuerdos adoptados y responsables de su ejecución; asuntos generales y hora de terminación de la sesión. Sección VI. Ejecución
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.