Artículo 11 del DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE VERIFICACIÓN VEHICULAR Y SE ABROGA EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE VERIFICACIÓN VEHICULAR
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un coche con placas de la Ciudad de México, estas son tus obligaciones: 1. Paga solo la tarifa autorizada por el gobierno cuando lleves tu auto a verificar, nada de que te cobren de más. 2. Mantén tu coche en buenas condiciones para que no contamine más de lo debido. 3. No le quites ni cambies las piezas del sistema que controla la contaminación. Si necesitas reemplazar algo, usa refacciones igualitas a las originales. 4. Respeta el programa Hoy No Circula y, si hay contingencia ambiental, también las reglas especiales para circular. 5. Si verificas tarde, paga la multa que te toque. 6. Si tu coche no pasa la verificación, arréglalo hasta que cumpla. 7. Asegúrate de que tu auto cumpla con todo lo que pide el programa de verificación. 8. Lleva siempre en tu coche la calcomanía y el papel de la verificación vigentes, y que se vean bien. 9. También cumple con cualquier otra regla que esté en otras leyes.
Texto oficial
Artículo 11.- Los propietarios o poseedores de vehículos automotores matriculados en la Ciudad de México, tienen las siguientes obligaciones: I. Pagar al Centro de Verificación de Emisiones Vehiculares respectivo, únicamente la tarifa autorizada por la Secretaría para la verificación vehicular, en los términos del Programa de Verificación Vehicular Obligatoria vigente para la Ciudad de México; II. Mantener y conservar las condiciones originales y adecuadas de operación de su vehículo para evitar el incremento en las emisiones vehiculares de gases, partículas u opacidad; III. Mantener en buen estado los elementos originales de la tecnología de control de emisiones que el fabricante haya incorporado en el diseño del vehículo automotor, en caso de reemplazo, deberá ser con piezas homologadas con un desempeño equivalente; IV. Respetar las restricciones de circulación de su vehículo automotor conforme al Programa Hoy No Circula y a la constancia de verificación de emisiones que expida el Centro de Verificación de Emisiones Vehiculares respectivo de conformidad con el programa de verificación vehicular obligatoria vigente que emita la Secretaría, así como, respetar y apegarse a las restricciones de circulación cuando se active la contingencia ambiental; V. Cubrir, en su caso, el monto de la multa por verificación vehicular extemporánea y las demás a que se hagan acreedores; VI. Efectuar el mantenimiento vehicular o reparaciones necesarias cuando el mismo resulté no aprobado en el proceso de verificación vehicular; VII. Asegurarse que su vehículo cumpla con los lineamientos establecidos en el Programa de Verificación vehicular obligatoria vigente; VIII. Portar en su vehículo automotor la constancia de verificación de emisiones y holograma de verificación vehicular vigente, así como cualquier otro documento que establezca el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria vigente, impresos y legibles en el vehículo; y IX. Las demás que se establezcan en otras disposiciones jurídicas aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.