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Artículo 36 del DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE VERIFICACIÓN VEHICULAR Y SE ABROGA EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE VERIFICACIÓN VEHICULAR

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (que es la autoridad encargada) va a revisar que se cumplan las reglas de este reglamento y todas las normas ambientales de la Ciudad de México. También va a checar que se sigan acuerdos, programas, autorizaciones y otros documentos legales. Para asegurarse, hará inspecciones y vigilancia, tal como lo indica la Ley. Esto significa que pueden llegar a supervisar tu negocio o actividad para ver si estás cumpliendo.

Texto oficial

Artículo 36.- Para verificar el cumplimiento de este reglamento, así como de las normas oficiales mexicanas o ambientales de la Ciudad de México, acuerdos, programas, circulares, autorizaciones, manuales, lineamientos y demás disposiciones jurídicas aplicables, la Secretaría realizará las acciones de inspección y vigilancia procedentes conforme a lo dispuesto en la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.