Artículo 36 del DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE VERIFICACIÓN VEHICULAR Y SE ABROGA EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE VERIFICACIÓN VEHICULAR
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (que es la autoridad encargada) va a revisar que se cumplan las reglas de este reglamento y todas las normas ambientales de la Ciudad de México. También va a checar que se sigan acuerdos, programas, autorizaciones y otros documentos legales. Para asegurarse, hará inspecciones y vigilancia, tal como lo indica la Ley. Esto significa que pueden llegar a supervisar tu negocio o actividad para ver si estás cumpliendo.
Texto oficial
Artículo 36.- Para verificar el cumplimiento de este reglamento, así como de las normas oficiales mexicanas o ambientales de la Ciudad de México, acuerdos, programas, circulares, autorizaciones, manuales, lineamientos y demás disposiciones jurídicas aplicables, la Secretaría realizará las acciones de inspección y vigilancia procedentes conforme a lo dispuesto en la Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.