Artículo 41 del DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE VERIFICACIÓN VEHICULAR Y SE ABROGA EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE VERIFICACIÓN VEHICULAR
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un coche o un centro de verificación de emisiones, eres responsable de los daños al ambiente que causes por no cumplir con la ley, el reglamento o el manual de operación. Esto significa que, si haces algo mal, tú pagas las consecuencias. Además, si el dueño del auto, el empleado del centro de verificación o el dueño del centro se ponen de acuerdo para violar las reglas, todos responden juntos por los daños.
Texto oficial
Artículo 41.-Los propietarios y poseedores de vehículos automotores y los titulares de autorizaciones para el establecimiento y operación de Centros de Verificación de Emisiones Vehiculares, serán responsables de los efectos ambientales adversos ocasionados por el incumplimiento o contravención a la Ley, al presente Reglamento y al Manual de Operación, así como de la responsabilidad ambiental que pudiera derivarse de su conducta, en términos de los ordenamientos aplicables a nivel local y federal. Tanto el propietario o poseedor del vehículo, como el personal acreditado del Centro de Verificación de Emisiones Vehiculares y el titular de la autorización respectiva, responderán solidariamente cuando la violación a las disposiciones a que se refiere el párrafo que antecede, sea cometido por uno, con la participación o ayuda del otro.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.