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Ley
DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y SE ABROGA EL REGLAMENTO DE LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL.
Artículo
14

Artículo 14 del DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y SE ABROGA EL REGLAMENTO DE LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un trabajador va a hacer una inspección, puede pedir cualquier cosa que sirva como evidencia de lo que está revisando. Esto incluye cosas como muestras, documentos, fotos o videos. También puede usar cualquier otro material que tenga que ver con el asunto. En pocas palabras, tiene permiso de reunir todas las pruebas que necesite para hacer bien su trabajo.

Texto oficial

Artículo 14.- El Personal comisionado podrá allegarse de los medios de prueba que se relacionen con el objeto de la diligencia, como pueden ser: muestras, estudios técnicos, fotografías, video, información, documentación, y todos aquellos que correspondan.

Ver texto oficial del DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y SE ABROGA EL REGLAMENTO DE LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL. (pág. 4) ↗

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