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Artículo 18 del DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y SE ABROGA EL REGLAMENTO DE LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que la Secretaría pueda ir a hacer una revisión o inspección a un negocio, casa o terreno, primero necesita sacar un documento oficial llamado "orden de visita". Esa orden debe explicar por qué se hace la revisión (fundada y motivada), a quién va dirigida (dueño, inquilino, encargado o empresa), la dirección exacta o coordenadas del lugar, y qué van a revisar. Además, tiene que tener un número de folio, sellos y la firma autógrafa o electrónica de la autoridad que la emite.

Texto oficial

Artículo 18.- Para llevar a cabo las visitas y actos de inspección, la Secretaría por conducto de la DGIVA expedirá una orden escrita, fundada y motivada dirigida al propietario, poseedor, ocupante o responsable o bien a una persona física o moral; donde se indique el domicilio, coordenadas (centroide o poligonal), objeto de la diligencia, y su alcance, dicha orden deberá contar con folios, sellos y firma autógrafa o electrónica del servidor público correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.