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Artículo 20 del DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y SE ABROGA EL REGLAMENTO DE LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando los inspectores no puedan encontrar a la persona responsable ni el lugar exacto de una obra o actividad que revisar, la Secretaría emitirá una orden por escrito explicando las razones legales. Esa orden irá dirigida al dueño, inquilino o encargado del terreno, vehículo o recurso natural en cuestión. También describirá el lugar con señas claras como coordenadas, fotos o puntos de referencia, sobre todo si el inmueble no tiene número oficial. Además, la orden debe indicar para qué es la inspección y hasta dónde llega.

Texto oficial

Artículo 20.- Siempre que no sea posible identificar a la persona responsable de los hechos o actividades a verificar, y el lugar exacto donde se realizan los mismos, para llevar a cabo los actos de inspección, en los supuestos señalados la Secretaría a través de la DGIVA y DGCORENADR que corresponda expedirá una orden escrita, fundada y motivada, en la que se indique que está dirigida al propietario, poseedor, ocupante o responsable de las obras o actividades que se desarrollan en el predio, inmueble, medio de transporte, bien o recurso natural del que se trate; o, al responsable del aprovechamiento, extracción, posesión o afectación de los bienes o recursos naturales respectivos. Así mismo, se señalará el lugar o polígono donde se practicará la diligencia, lo cual quedará satisfecho al indicarse los puntos físicos de referencia, las coordenadas, fotografía del lugar que ha de inspeccionarse, cuando el inmueble o predio no cuente con número oficial, el mismo no sea visible, haya sido retirado o no corresponda al que tenga registrado las autoridades competentes; así como el objeto de la diligencia y su alcance.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.