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Artículo 40 del DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y SE ABROGA EL REGLAMENTO DE LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si pides un permiso que cuesta dinero (como usar un espacio público), tendrás que pagar una cantidad al gobierno de la Ciudad de México. Ese precio lo fija un documento oficial llamado Dictamen Valuatorio, que lo hace la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario. Todo se calcula siguiendo las reglas de la administración local.

Texto oficial

Artículo 40.- Para el caso de los Actos Administrativos que se traducen en Permiso a título oneroso, la contraprestación a pagar será a favor del Gobierno de la Ciudad de México, se determinará mediante Dictamen Valuatorio emitido por la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, de conformidad con la normatividad en materia de administración correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.