- Ley
- DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE AUTORREGULACIÓN, AUDITORÍAS AMBIENTALES Y CERTIFICACIÓN DE EDIFICACIONES SUSTENTABLES Y SE ABROGA EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE AUTORREGULACIÓN Y AUDITORÍAS AMBIENTALES.
- Artículo
- 121
Artículo 121 del DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE AUTORREGULACIÓN, AUDITORÍAS AMBIENTALES Y CERTIFICACIÓN DE EDIFICACIONES SUSTENTABLES Y SE ABROGA EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE AUTORREGULACIÓN Y AUDITORÍAS AMBIENTALES.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona o empresa que está a cargo del proyecto (la Promovente) puede pedir una sola vez una prórroga de hasta cuarenta días hábiles para terminar el trabajo. Esa solicitud debe entregarse a la DGEIRA (que es la autoridad ambiental) máximo cinco días hábiles antes de la fecha límite. Además, en el escrito hay que explicar bien por qué se necesita más tiempo y presentar los documentos que lo comprueben. La DGEIRA tiene diez días hábiles para responder si te aprueba o no la prórroga, contados desde que recibe tu petición. Pero ojo: si no te responden en ese plazo, se entiende que tu solicitud fue rechazada, no que fue aprobada.
Texto oficial
Artículo 121.- La Promovente podrá solicitar por única ocasión una prórroga de hasta cuarenta días hábiles, para concluir los Trabajos de Implementación, dicha solicitud deberá ser presentada a la DGEIRA, máximo cinco días hábiles previos al término de la fecha establecida; la cual deberá contener la motivación y la Documentación Probatoria correspondiente de dicha solicitud. La DGEIRA resolverá sobre el otorgamiento de dicha prórroga en un plazo no mayor a diez días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud, en caso de que no se resuelva dentro del plazo señalado, se entenderá que la solicitud fue negada. SECCIÓN IV DEL INFORME DE SUSTENTABILIDAD
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.