Artículo 131 del DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE AUTORREGULACIÓN, AUDITORÍAS AMBIENTALES Y CERTIFICACIÓN DE EDIFICACIONES SUSTENTABLES Y SE ABROGA EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE AUTORREGULACIÓN Y AUDITORÍAS AMBIENTALES.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La DGEIRA (una dependencia del gobierno) te dará un Certificado de Edificación Sustentable si cumples completamente con el plan de sustentabilidad que te aprobaron (el PCES). Con ese certificado se confirma que tu construcción ya opera bien y cumple las leyes ambientales y las acciones ecológicas. El certificado incluye cuatro cosas: un dictamen por escrito explicando por qué te lo dan y enlistando qué acciones verdes hiciste; las especificaciones de diseño si tu edificio aún está en obra; indicadores ambientales si tu edificio ya está funcionando; y un documento oficial con el sello de la Secretaría, número, firma y fecha de vigencia.
Texto oficial
Artículo 131.- La DGEIRA otorgará un Certificado de Edificación Sustentable, cuando la Promovente haya concluido de manera íntegra y satisfactoria con el PCES con el cual se reconocerá que operan en pleno cumplimiento de la normatividad ambiental vigente y de la aplicación de Acciones de Sustentabilidad, el cual consistirá en: I. Un dictamen por escrito en el que se funde y motive la emisión del Certificado correspondiente y se precise el listado de Acciones de Sustentabilidad implementadas y Línea Base de Desempeño Ambiental; II. Especificaciones de diseño de las Acciones de Sustentabilidad, para el caso de las edificaciones en Etapa de Diseño y Construcción; III. Línea Base e Indicadores Ambientales que reflejen el Desempeño Ambiental, para el caso de las edificaciones en la Etapa de Operación; y IV. Un documento titulado “Certificado de Edificación Sustentable” con el sello y emblema de la Secretaría, número de certificado, firma del funcionario, fecha y vigencia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.