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Artículo 154 del DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE AUTORREGULACIÓN, AUDITORÍAS AMBIENTALES Y CERTIFICACIÓN DE EDIFICACIONES SUSTENTABLES Y SE ABROGA EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE AUTORREGULACIÓN Y AUDITORÍAS AMBIENTALES.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para calcular la Línea Base de una fuente fija (como una fábrica o un edificio), ya sea que esté en planos, en construcción o ya funcionando, debes usar los indicadores de cumplimiento que ponga el PCES (que son las reglas ambientales). Esto significa que tienes que medir cuánto contamina o consume recursos ese lugar siguiendo esos indicadores, no como tú quieras. Es como tener una "fotografía" inicial de su impacto ambiental, pero siempre usando las reglas del PCES como referencia obligatoria.

Texto oficial

Artículo 154.- La generación de la Línea Base para Fuente Fija, tanto para edificaciones en la etapa de diseño y construcción como en operación, deberá considerar los indicadores de cumplimiento que se establezcan en los criterios del PCES.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 41) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.