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Ley
REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE MANIFESTACIÓN AMBIENTAL ÚNICA
Artículo
19

Artículo 19 del REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE MANIFESTACIÓN AMBIENTAL ÚNICA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para pedir la Manifestación Ambiental Única en la CDMX, debes juntar estos cuatro grupos de documentos. Primero, necesitas los papeles que pide el artículo 54 de la Ley y lo que indique la Plataforma Digital. También tienes que incluir anexos, información técnica sobre el medio ambiente y reportes técnicos. Básicamente, es como un expediente completo con todo lo que demuestre que tu proyecto no daña el entorno.

Texto oficial

Artículo 19. La Manifestación Ambiental Única para la Ciudad de México, deberá contar con: a) Documentación a que se refiere el artículo 54 de la Ley y lo establecido en la Plataforma Digital; b) Anexos; c) Información Técnico-Ambiental; e d) Informes Técnicos.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE MANIFESTACIÓN AMBIENTAL ÚNICA (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.