Artículo 5 del REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE MANIFESTACIÓN AMBIENTAL ÚNICA
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que todo sea más rápido y fácil, la DGEIRA (que es una dependencia del gobierno) puede usar computadoras y sistemas en internet para recibir y atender tus documentos y solicitudes sobre estos trámites. También puede usar esos sistemas para darte información. Esto quiere decir que no siempre tendrás que ir a una oficina en persona, sino que podrás hacerlo por medios electrónicos.
Texto oficial
Artículo 5. Para agilizar y simplificar el procedimiento de atención y recepción de los escritos y solicitudes relacionados con los temas regulados a través del presente Reglamento, la DGEIRA podrá auxiliarse de los medios electrónicos y sistemas informáticos que para tal efecto se determinen, así como la información que se proporciona a través de éstos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.