Artículo 60 del REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE MANIFESTACIÓN AMBIENTAL ÚNICA
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para pedir lo que dice el artículo anterior, tienes que entregar un escrito con estos datos y papeles: Primero, cumple con lo que ya pide el artículo 49 de este reglamento. Si aplica, anota la fecha en que cerraste o cambiaste de domicilio tu negocio o fuente fija, y también la nueva dirección si te mudaste. Si lo desmantelaste, incluye fotos de todas las áreas vacías del lugar, el número exterior del edificio y el nombre de las calles donde está. Por último, entrega copias simples y los originales para que los revisen de los documentos que demuestren lo que dices.
Texto oficial
Artículo 60. La solicitud a que hace referencia el artículo anterior deberá presentarse cumpliendo, señalando y anexando los siguientes requisitos: I. Los requisitos que el artículo 49 del presente Reglamento establece; II. En caso de que aplique, fecha del cierre o del cambio de domicilio de la Fuente Fija; III. En caso de que aplique, fecha del cambio de domicilio de la Fuente Fija y su nueva dirección; IV. En caso de desmantelamiento, adjuntar memoria fotográfica, en donde aparezcan: a) Todas y cada una de las áreas desmanteladas del inmueble que ocupaba la Fuente Fija; b) El número exterior del inmueble que ocupaba la Fuente Fija; c) El nombre oficial de las calles entre las cuales se encuentra el inmueble; y V. Anexar en copia simple y en original para cotejo, los documentos de los hechos argumentados.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.