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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_14424/120
Ley
REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
120

Artículo 120 del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si sacas un permiso para hacer una obra o actividad que pueda afectar el medio ambiente, ese permiso se cancela automáticamente si no empiezas los trabajos dentro del tiempo que te dieron para usarlo. Eso no significa que ya no puedas hacer nada: todavía tienes derecho a pedir un nuevo permiso, pero tendrás que hacer todo el trámite otra vez desde el principio.

Texto oficial

Artículo 120.- Las autorizaciones en materia de impacto ambiental otorgadas se extinguen de pleno derecho si la promovente no inicia con las obras o actividades autorizadas en el periodo de vigencia establecido, quedando a salvo sus derechos para solicitar nuevamente la autorización a través del trámite correspondiente.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 40) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.