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Artículo 177 del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si durante una inspección te obligan a aplicar medidas de seguridad, correctivas o urgentes, tienes que avisar a la autoridad cuando las cumplas. Ese aviso lo debes dar máximo en cinco días hábiles después de que se venza el plazo que te dieron para hacerlas. O sea, primero haces lo que te ordenaron y luego, en menos de una semana de trabajo, les dices que ya quedó.

Texto oficial

Artículo 177.- Si como resultado de una visita de inspección se ordena la imposición de medidas de seguridad, correctivas o de urgente aplicación, el inspeccionado deberá notificar a la autoridad del cumplimiento de cada una, en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo concedido por aquélla para su realización.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 51) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.