Artículo 183 del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si arreglas los problemas ambientales que te señalaron antes de que te pongan una multa, y además le compruebas a la autoridad de inspección que ya los resolviste, esa autoridad va a tomar en cuenta tu buena voluntad. Esto significa que, al momento de decidir si te castigan o no, van a ver tu caso como menos grave. En pocas palabras, te pueden reducir la sanción o ser más flexibles contigo por haber cumplido a tiempo.
Texto oficial
Artículo 183.- En el caso en que el infractor cumpla con la realización de las medidas correctivas o de urgente aplicación, o subsane las irregularidades en que hubiere incurrido, previamente a la imposición de una sanción y siempre que lo compruebe ante la autoridad competente en materia de inspección y vigilancia ambiental, ésta considerará tal situación como atenuante al momento de dictar la resolución respectiva.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.