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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_14424/20
Ley
REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
20

Artículo 20 del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La DGEIRA (que es la dependencia del gobierno que revisa los trámites ambientales) va a subir información nueva a su sitio de internet cada mes sobre los prestadores de servicios de impacto ambiental, que son las empresas o personas autorizadas para hacer estudios sobre cómo afecta un proyecto al medio ambiente. Eso significa que si necesitas contratar a alguien para un estudio ambiental, puedes checar en la página oficial la lista actualizada de quiénes están registrados. Así evitas que te toque alguien que no esté en el padrón. La actualización es mensual, o sea cada 30 días aproximadamente.

Texto oficial

Artículo 20.- La DGEIRA actualizará el Padrón de Prestadores de Servicios de Impacto Ambiental en su página web oficial de manera mensual.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.