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Artículo 201 del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien daña el ambiente, tiene la obligación de repararlo. Eso significa regresar los hábitats, ecosistemas y recursos naturales al estado en el que estaban antes del daño, incluyendo su suelo, agua, aire y las relaciones entre ellos, como los servicios que nos dan (por ejemplo, aire limpio o agua pura). Para lograrlo, se pueden hacer acciones como restaurar, limpiar, sanear o recuperar el lugar afectado. Además, la reparación debe hacerse exactamente donde ocurrió el daño, no en otro lado.

Texto oficial

Artículo 201.- La reparación de los daños al ambiente consistirá en restituir a su estado base los hábitats, los ecosistemas, los elementos y recursos naturales, sus condiciones químicas, físicas o biológicas y las relaciones de interacción que se dan entre estos, así como los servicios ambientales que proporcionan, mediante la restauración, restablecimiento, tratamiento, saneamiento, recuperación o remediación. La reparación deberá llevarse a cabo en el lugar en el que fue producido el daño ambiental.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 59) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.