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Ley
REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
31

Artículo 31 del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del tema) puede organizar, junto con escuelas, universidades o grupos de expertos, cursos, talleres, seminarios, diplomados o congresos sobre cómo medir el impacto social de un proyecto. Esto sirve para que los Terceros Especializados (personas o empresas autorizadas para hacer estas evaluaciones) se mantengan actualizados y aprendan cosas nuevas. Básicamente, buscan que quienes hacen estos estudios estén bien preparados y al día.

Texto oficial

Artículo 31.- La Secretaría, en coordinación con instituciones académicas o de investigación, colegios o sociedades civiles, podrá llevar a cabo cursos, talleres, seminarios, diplomados o congresos en materia de evaluación de impacto social para la actualización de los Terceros Especializados.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 11) ↗

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