Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 32 del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres un Tercero Especializado (una persona o empresa autorizada para evaluar el impacto social y ambiental de un proyecto), puedes pedir quedarte en el Listado oficial hasta 15 días hábiles antes de que se acabe tu registro. Esto se hace siguiendo los requisitos que marca el Reglamento, y así podrás renovar tu participación por el tiempo que se establezca. En otras palabras, si tu permiso va a vencer, tienes que avisar con anticipación si quieres seguir trabajando en eso.

Texto oficial

Artículo 32.- Los Terceros Especializados dentro de los quince días hábiles previos al vencimiento de su registro, podrán solicitar su permanencia en el Listado de los Terceros Especializados en Evaluación de Impacto Socioambiental por el plazo establecido, dando cumplimiento a los requisitos previstos en el presente Reglamento. CAPÍTULO V DE LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS Y DIGITALES PARA LA ATENCIÓN DE TRÁMITES, INFORMES Y SOLICITUDES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.